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La defensa de un medio ambiente adecuado como eje de actuación

Los derechos colectivos y los intereses difusos que el derecho constitucional y estatutario a un medio ambiente adecuado protege, demandan una actitud proactiva de la Defensoría del Pueblo en aras a su protección. De acuerdo con ello, las quejas de oficio son un instrumento imprescindible para la efectividad de su tutela.

Agradezco la oportunidad que nos brinda en su 20 aniversario la revista Andalucía Ecológica, publicación de referencia en nuestra Comunidad Autónoma y de lectura obligada para todas las personas interesadas en la “cuestión ambiental”. Esta Institución es fiel seguidora de esta publicación y, desde esta Tribuna, deseo enviar su felicitación al equipo de redacción y un saludo a sus lectores, esperando que continúe mucho tiempo desarrollando la labor de información y difusión de los valores ambientales que viene prestando.

En la actualidad, existen pocas dudas acerca de que garantizar la sostenibilidad ambiental de nuestro planeta es una prioridad de todas las agendas públicas, al tiempo que exige complicidad y compromiso por parte de todos los agentes sociales. No en vano, como nos recuerdan los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) aprobados por la ONU, esta prioridad y la lucha contra la pobreza son, tal vez, dos de los mayores retos que tiene planteado en este siglo XXI la humanidad.

Conscientes de esta realidad, fijé, como una de las prioridades de mi mandato como Defensor del Pueblo Andaluz, poner en marcha diversas actuaciones de promoción, divulgación, mediación y, desde luego, supervisión, destinadas a impulsar y fortalecer la protección del derecho constitucional y estatutario a un medio ambiente adecuado en Andalucía.

Así, junto a la infinidad de quejas recibidas a instancia de parte de una ciudadanía cada vez más consciente de que la cuestión ambiental afecta, y mucho, a su calidad de vida y bienestar, hemos iniciado, en este mandato, casi un centenar de quejas de oficio. Las intervenciones de oficio en este ámbito son imprescindibles pues al tratarse de un derecho que ampara intereses colectivos o difusos (la preocupación esencial del derecho ambiental es la protección del ecosistema y sus componentes, de su funcionamiento, lo que, a su vez, protege la vida en el planeta), nos vemos obligados a actuar a iniciativa propia cuando creemos que existe una situación, daño o riesgo ambiental, aunque no se haya vulnerado un derecho subjetivo de manera individualizada.

En este sentido, podemos traer a colación la supervisión que estamos realizando sobre el cumplimiento del Plan Director Territorial de Residuos No Peligrosos de Andalucía, o la que en su día llevamos a cabo sobre recogida de aceites domésticos usados y la implantación de puntos limpios en los municipios andaluces. Estudio éste que puso de manifiesto, pese a los pasos que se van dando en la dirección correcta, lo lejos que estamos todavía de afrontar la transición hacia una economía circular.

En cuanto a la contaminación hídrica, tal vez lo más destacable sea la queja que hemos tramitado sobre el cumplimiento de la Directiva Marco del Agua de la Unión Europea, que exigía la depuración de todos los vertidos urbanos en la fecha de 31 de diciembre del 2015. Este estudió desveló la existencia de decenas de infraestructuras incluidas en ese plan, en las distintas provincias andaluzas, que ni se habían ejecutado en plazo, ni era previsible que lo hicieran en un tiempo razonable.

En el ámbito de la contaminación acústica destacamos la actuación dirigida a todos los municipios de Andalucía destinada a informar y formar a los responsables municipales sobre la necesidad de respetar el Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía.

En fin, aunque podríamos comentar algunos casos de contaminación  atmosférica, lumínica o las quejas relacionadas con el acceso a la información ambiental y la necesidad de facilitar la participación activa de la ciudadanía en la toma de decisiones con incidencia ambiental, como demanda un modelo de gobernanza, voy a centrar las últimas líneas de este comentario en dos cuestiones que hemos tenido muy presentes durante mi mandato.

En primer lugar, la necesidad de recordar que las ciudades, donde reside el 80% de la población europea, son el gran campo de batalla donde se va a librar la lucha contra contra un modelo de desarrollo económico que ya sabemos que no es sostenible. En este contexto, realizamos el Informe Especial sobre la Seguridad, Accesibilidad y Calidad Ambiental de las Ciudades Andaluzas, y hemos organizado también distintas jornadas para debatir el porvenir de nuestras ciudades desde la triple perspectiva de la sostenibilidad ambiental, social y económica.

De otro, las intervenciones que hemos llevado a cabo para proteger espacios de singular relevancia ambiental de Andalucía, entre las que destacamos las que tenían por objeto proteger los Espacios Naturales de Cabo de Gata y Doñana.

El Defensor del Pueblo andaluz pide ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo la “suspensión definitiva” del gaseoducto en Doñana

En el primer caso, para impulsar una intervención destinada a que el suelo donde está ubicada la construcción de un inmueble de uso hotelero se destine a un fin coherente y congruente con los valores inherentes a este espacio; en el segundo, para poner de manifiesto el déficit hídrico, científicamente demostrado, del humedal, lo que exige una intervención urgente de los poderes públicos y los riesgos que se pueden derivar del Proyecto de Gaseoducto en cuya tramitación procedimental hemos detectado diversas disfuncionalidades que, unidas a la singularidad de este espacio y los antecedentes de la plataforma de El Castor, han motivado que hayamos trasladado nuestro criterio a la Defensoría del Pueblo de las Cortes Generales y al Parlamento Europeo en el sentido de que se debe proceder, con carácter urgente, a la suspensión definitiva del proyecto.

Hasta aquí el comentario que he dedicado a algunas de nuestras actuaciones relacionadas con la protección del derecho constitucional a un medio ambiente. Se trata de un compromiso irrenunciable de acuerdo con nuestra misión estatutaria, y confío en que de la mano de las administraciones y los colectivos implicados, logremos salvaguardar el fin último que nos mueve a actuar: la protección de la naturaleza.

Jesús Maeztu Gregorio

Defensor del Pueblo Andaluz

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